Importante destacar a los Jueces Penales, que en ejercicio de su rol constitucional, reafirman la obligatoriedad de aportar los elementos materiales probatorios suficientes para acreditar los fines constitucionales de la detención en centro carcelario. La medida de aseguramiento NO puede convertirse en un anticipo de pena, cómo lamentablemente algunos funcionarios de la fiscalia pretenden.
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